El Cádiz CF ya trabaja para evitar una sanción desproporcionada a Ledesma: estas son las claves

ledesma 11032023

Tras el partido Cádiz CF - Getafe CF (2-2) de la jornada 25 de LaLiga Santander, el árbitro canario Hernández Hernández recogió en el acta que el jugador local Jeremias Conan Ledesma empujó a un compañero de equipo con el objetivo de que éste impactase contra él mismo.

Varias son las claves en la que los servicios júridicos del Cádiz CF y ya trabaja para que al portero argentino le sancionen con la menor cantidad de partidos posibles e incluso con ninguno si se termina probando que no hubo la acción denunciada por el colegiado.

La primera clave que se presenta es la redacción del acta, la cual puede llegar a ser confusa o inducir a dudas. En este caso, el árbitro habla de que Conan Ledesma empujó a un compañero de equipo que se encontraba "pegado a mi espalda" con el objetivo de que éste impactase contra él mismo. 

Si está de espaldas puede que la visión de la acción por parte del colegiado no se haya producido de manera directa o se hubiese producido en un momento posterior. En todo caso, el acta goza de presunción de veracidad por lo que lo reflejado en él será lo que se tome para aplicar la correspondiente sanción.

Precisamente la segunda clave, determinante para desvirtuar la presunción de veracidad del acta, es la existencia de pruebas videográficas para ser presentadas en primera instancia como alegaciones. Si el túnel de vestuarios cuenta con sistema de videovigilancia los servicios jurídicos deberán afinar en buscar la acción, recortarla y comprobar si lo redactado en el acta se corresponde con lo que se aprecia en el vídeo.

Y también serán claves las circunstancias atenuantes que se deben reflejar en la situación de Conan Ledesma. En este sentido, el artículo 10 c) del Código Disciplinario de la RFEF recoge que son circunstancias atenuantes de la responsabilidad "la de no haber sido sancionado/a con anterioridad en el transcurso de la vida deportiva" por un motivo similar. En el caso de Ledesma, se destaca que en sus años en España no ha recibido tarjeta roja.

Los servicios jurídicos del Cádiz CF ya se encuentran analizando tanto el acta, como las pruebas que obran en su poder y la jurisprudencia deportiva de casos similares para acompañar el recurso que se remita y con el que se buscará defender, ya no solo los intereses de la entidad cadista, sino al propio jugador.

Con el Código Disciplinario de la RFEF en la mano, Conan Ledesma sería castigado en base al artículo 101, con una sanción de cuatro a doce partidos por "agarrar, empujar o zarandear, o producirse, en general, mediante otras actitudes hacia los/as árbitros/as que, por sólo ser levemente violentas, no acrediten ánimo agresivo por parte del/de la agente".

Ahora la pelota está en el tejado del Cádiz CF para que esa sanción, en caso de producirse, sea mínima o símplemente no sea.

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