La gestión de eventos en el estadio Nuevo Mirandilla de Cádiz quedará durante la próxima década en manos de la empresa Nomadar Corp., tras la formalización de un contrato firmado con el Cádiz CF y registrado públicamente en la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos. Este acuerdo otorga a la compañía el derecho a operar y organizar eventos en el recinto, abarcando desde conciertos hasta exposiciones, pasando por actividades culturales y deportivas no relacionadas con el fútbol.
El contrato estipula que Nomadar tendrá la potestad para "la explotación de los espacios del Estadio y la organización de eventos", incluyendo no solo el terreno de juego, sino también “las zonas VIP, salas, terrazas y exteriores”, con la exclusión expresa de las oficinas administrativas, salas de prensa y otros espacios reservados exclusivamente al uso del club. La cesión de derechos se realizará en modalidad temporal y no exclusiva, permitiendo que Cádiz CF pueda seguir usando el recinto o autorizar a terceros siempre que no interfiera con la programación prevista por Nomadar.
La definición de evento se establece como "cualquier actividad de carácter público o privado, previamente aprobada por Cádiz CF", y se incluyen "conciertos, actuaciones musicales, competiciones deportivas no futbolísticas, festivales culturales, conferencias, exposiciones y otros eventos de entretenimiento de naturaleza similar". El contrato prohíbe expresamente actividades de tipo “político, religioso, violento, ilícito o cualquier tipo de manifestación que no se ajuste a los valores y principios del club” o que puedan dañar su imagen o reputación.
Uno de los aspectos centrales del acuerdo es que Nomadar asumirá “la plena responsabilidad operativa, administrativa, técnica y económica de los eventos”, lo cual incluye el diseño, planificación, contratación de proveedores y personal, ejecución, promoción y desmontaje posterior. Además, la empresa se compromete a realizar una “evaluación final sobre los resultados y aspectos de mejora de cada evento”, que deberá presentarse al club en informes detallados y dentro de los plazos establecidos.
En cuanto al cumplimiento normativo, Nomadar deberá garantizar que cada evento “cumpla con la normativa vigente aplicable”, incluyendo la legislación sobre seguridad, prevención de riesgos, medioambiente, derechos de autor, control de aforo y acceso, niveles de ruido y horarios. Asimismo, se encargará de gestionar y presentar al club todas las licencias y permisos necesarios, según lo establecido en el propio contrato.
La protección de las instalaciones del estadio es otra obligación clave para Nomadar. La empresa deberá “velar por el buen estado de las instalaciones del Estadio durante la celebración de los eventos” y asumir los costes de reparación o reposición en caso de daños o desperfectos atribuibles a su gestión. Además, deberá encargarse de la limpieza y recogida de residuos tras cada actividad, entregando los espacios “en el mismo estado en que se encontraban previamente”.
El contrato exige la contratación de seguros de responsabilidad civil para cubrir “daños personales y materiales que pudieran producirse durante la celebración del evento”, con un límite de cobertura suficiente y con obligación de presentar con antelación el certificado y las condiciones de la póliza al Cádiz CF. Dichas pólizas deberán cubrir tanto riesgos estructurales del recinto como responsabilidades sobre personal, colaboradores y público asistente.
En lo relativo a la promoción de los eventos, Nomadar podrá utilizar la imagen, nombre y marca del Cádiz CF únicamente para fines directamente relacionados con la actividad organizada, siempre previa aprobación por escrito. Se aclara que "en ningún caso podrá utilizarse la imagen del CLUB para fines no pactados o que puedan dañar su reputación e imagen", y que todo material gráfico, audiovisual o de comunicación deberá someterse a revisión antes de su publicación.
Durante la vigencia del contrato, Nomadar entregará al club informes periódicos que incluyan información sobre "la fase de planificación, el desarrollo del evento, los resultados obtenidos, el número de asistentes, perfiles demográficos y otros indicadores relevantes, aspectos financieros como ingresos, costes y beneficios netos, así como una evaluación logística y sugerencias de mejora". Estos informes deberán presentarse en formatos claros y detallados.
Por su parte, el Cádiz CF se compromete a garantizar la disponibilidad de los espacios del estadio que resulten necesarios para los eventos, asegurando que cumplan “las normas de seguridad, accesibilidad e higiene necesarias”. Esta asignación de espacios quedará reflejada en calendarios pactados por ambas partes, cuya modificación solo podrá hacerse por acuerdo escrito.
Asimismo, el club se compromete a “facilitar los permisos internos necesarios” y, cuando sea requerido, a actuar como interlocutor ante administraciones públicas, proveedores o entidades reguladoras para agilizar gestiones administrativas o logísticas. Para una coordinación eficaz, el club designará un equipo de enlace formado por personal cualificado que garantizará “una comunicación fluida y una respuesta oportuna a las necesidades de Nomadar” antes, durante y después de cada evento.
Otro elemento contractual destacado es la garantía que ofrece Nomadar sobre su conocimiento del estado actual del estadio. En el documento se recoge expresamente que la empresa "conoce y acepta, sin reserva alguna, las características físicas y técnicas del Estadio, así como su estado de uso y conservación", comprometiéndose a mantenerlo “en perfecto estado”. Además, asume de forma exclusiva la responsabilidad sobre “todas las actividades realizadas durante el montaje, instalación, promoción, celebración, desmontaje y desinstalación de los eventos”, incluyendo aquellas ejecutadas por terceros subcontratados.
En caso de daños, sanciones o reclamaciones de terceros derivadas de su actuación, Nomadar se compromete a "indemnizar y compensar al Cádiz CF" en los términos previstos. También se especifica que la empresa dispondrá de todos los medios materiales, humanos, técnicos y económicos necesarios para cumplir con las obligaciones del contrato, ya sea de forma directa o a través de entidades vinculadas a su estructura operativa.
En materia financiera, Nomadar se compromete a asumir "todos los gastos que se deriven de la correcta explotación del espacio", lo que incluye aspectos técnicos, logísticos, mantenimiento, limpieza, suministros, personal, seguros y licencias. Igualmente, deberá reembolsar al club cualquier coste que este tenga que asumir por causas vinculadas a la ejecución del acuerdo, incluyendo “gastos legales, técnicos, administrativos o tributarios”, siempre previa presentación de la justificación correspondiente.
El contrato también contempla los escenarios de fuerza mayor que puedan impedir la celebración de eventos. En tales casos, como huelgas de proveedores, fallos en sistemas de transporte o catástrofes naturales, el acuerdo se considerará automáticamente resuelto para el evento afectado. El club se compromete a reembolsar a Nomadar las cantidades percibidas, reservándose el derecho a reclamar los gastos efectivamente incurridos.
La vigencia del contrato será de diez años desde la firma, y se mantendrá en vigor aunque no se celebren eventos, salvo acuerdo expreso que disponga lo contrario. Las partes podrán negociar una prórroga antes de la finalización del plazo, siempre que exista acuerdo escrito comunicado con al menos seis meses de antelación. En caso de terminación anticipada por incumplimiento, las obligaciones derivadas de eventos ya programados seguirán siendo exigibles conforme a la normativa aplicable.
En lo referente a la terminación unilateral, se especifica que cualquiera de las partes podrá resolver el contrato si la otra parte incumple sus obligaciones y no subsana la situación en el plazo de quince días naturales desde la notificación. Además, el Cádiz CF podrá extinguir el contrato en cualquier momento, con un preaviso de quince días, si Nomadar infringe la legislación vigente o si sus acciones afectan negativamente a "la imagen, el nombre y/o la reputación del Cádiz CF".
Tras la finalización del contrato, ambas partes deberán entregar, en un plazo máximo de siete días hábiles, toda la documentación e información relativa al acuerdo, cesando de inmediato en el ejercicio de los derechos concedidos. El uso de la marca, logotipos y otros elementos distintivos del club quedará automáticamente revocado. Se recuerda que “todos los derechos inherentes a la imagen y/o marca del Cádiz CF [...] pertenecen exclusivamente al club” y que no se entenderá en ningún caso una cesión definitiva de dichos derechos.
En el apartado relativo a la identidad corporativa, se estipula que "todos los elementos y soportes del logotipo del Cádiz CF y/o de los patrocinadores que deba usar Nomadar deberán realizarse con la aprobación previa del club", y que esta autorización también será necesaria para “el uso del nombre y/o colores del Cádiz CF y las distintas marcas titularidad del club”.
Por último, se determina que "todos los gastos de protocolización pública y, en su caso, los tributos indirectos derivados de la ejecución del presente contrato serán asumidos por las partes conforme a la legislación vigente". El contrato se regirá íntegramente por la legislación española y cualquier controversia será resuelta por los tribunales de la ciudad estipulada en el propio documento.
El acuerdo fue firmado en Cádiz el 30 de octubre de 2024 por Rafael Jesús Contreras Chamorro, vicepresidente del consejo de administración del Cádiz CF, y Joaquín Martín Perles, responsable de operaciones comerciales de Nomadar Corp.